Quienes incurran en esta práctica, ya sea para explotación, extracción de órganos o servidumbre, podrán sufrir penas de entre 3 a 15 años de prisión.
DyN) - La Cámara de Diputados aprobó esta noche y convirtió en ley el proyecto que penaliza la trata de personas para fines de explotación tanto sexual, laboral, extracción de órganos o de sumisión a la servidumbre.
La norma fue aprobada en general por 157 votos positivos, 35 sufragios negativos y seis abstenciones, y luego tuvo un rápido trámite en particular.
La iniciativa concibe al delito como "la captación, transporte y/o traslado -ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior- la acogida o recepción de personas con fines de explotación", y establece penas que oscilan entre tres a quince años de prisión.
El proyecto marca que, en caso de comprobarse el delito de trata aun existiendo consentimiento expreso de la víctima, debe ser castigado.
Claudio Lozano, de Proyecto Sur, impulsó en el recinto la postura de la Asociación de Mujeres Meretrices de la Argentina (AMMAR), manifestó dudas sobre el tema del consentimiento, postuló incorporar "el reconocimiento expreso para que las organizaciones sociales puedan convertirse en querellantes" y por ello pidió el regreso del proyecto a comisión.
Por su parte, los opositores Claudia Gil Lozano (Coalición Cívica-Capital), Silvia Storni (UCR-Córdoba) y Rubén Lanceta (UCR-Buenos Aires) denunciaron ante la Cámara un supuesto contubernio entre la Policía Federal y algunas redes de prostitución.
Gil Lozano planteó, además, la necesidad de aprobar por ley la creación de un "comité de protección para las víctimas" en el marco de la ley.
Con esta ley, entrará en funcionamiento el Programa Nacional de Prevención y Erradicación de la Trata de Personas y de Asistencia a sus Víctimas, que fue creado por decreto durante la presidencia de Néstor Kirchner.
La norma establece para el delito una pena de 3 a 6 años, que puede elevarse a 10 si el culpable fuese familiar directo o cónyuge de la víctima.
En el caso de las personas explotadas sean menores de edad, la pena aumenta a 15 años de cárcel.
Los opositores a la ley cuestionaron, en especial, el artículo que establece que para comprobar el delito en el caso de mayores de edad tiene probarse que las víctimas fueron reclutadas mediante "engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad o pagos".
Las víctimas, según diferentes organizaciones sociales, se niegan a declarar ante la Justicia y realizar acusaciones por miedo a represalias.
Por eso reclamaron una protección a las víctimas de la misma categoría como la protección de testigos.
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